VISTO Y CONSIDERANDO:
La futura nominación del espacio conocido popularmente como PASEO DE LOS NIÑOS.
Los rumores y trascendidos, algunos de ellos en los medios de comunicación, de que este espacio público recibiría el nombre Cristina Fernández de Kirchner para que la actual presidenta de la Nación concurra a nuestra ciudad para inaugurarlo, lo que vuelve necesario el llamado de atención a este Cuerpo por cuanto debe debatir e intervenir en los criterios y en la conveniencia de imponer nombres a modo de homenaje a personas investidas de cargos políticos -en este caso referido a un Ejercicio público que todavía no ha concluido- y que por tanto no ha sido sujeto de los balances correspondientes por parte de la Justicia , en cualquiera de sus instancias.
El Artículo 133º del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, que mediante proyecto de Comunicación faculta a los concejales a “recomendar, expresar un anhelo, una aspiración sobre cualquier asunto de interés comunitario”.
Por todo ello:
EL CONCEJAL LUCIANO DEMARCO ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º: Este Cuerpo vería con agrado que toda propuesta para denominar calles, barrios y/o espacios públicos sea presentada ante este Concejo Deliberante para su consideración, a través de las siguientes modalidades.
· Como proyectos de vecinos que acrediten residencia en Ciudad Perico, los que deberán estar debidamente fundados y no estar dirigidos a ningún barrio o calle en particular;
· Como proyectos colectivos de vecinos de un barrio o espacio público, o frentistas de una calle -según corresponda- dirigidos a nominar el barrio, espacio o calle en cuestión;
· Tales proyectos podrán ser también suscriptos por representantes o integrantes de personas jurídicas o simples asociaciones;
· Los proyectos indicados serían radicados en la Comisión pertinente del Concejo Deliberante para su despacho como petición o solicitud de particulares. Previo a ello la Comisión interviniente requerirá informe al Departamento Ejecutivo respecto de la ausencia de nombre de la calle o lugar involucrado y la identificación catastral precisa de la misma.
ARTÍCULO 2º: Se vería con agrado asimismo que para la asignación de un nombre, se tomaran como válidos aquellos que respondan a las siguientes temáticas:
· Próceres nacionales, o bien personajes de trascendencia municipal y/o provincial que se hayan destacado por promover o fomentar el sistema democrático, la prevalencia de los valores de la vida, la libertad, la solidaridad y la dignidad humana;
· Efemérides locales, provinciales o nacionales.
· Nombres de raíces aborígenes o autóctonas regionales.
· Flora, fauna y/o elementos ambientales de la región;
· Nombre de pioneros y antiguos pobladores de nuestra Ciudad, como parte del proceso de recuperación y preservación de nuestro patrimonio histórico-cultural;
· Vecinos destacados por su compromiso con temas sociales, o por su trayectoria científica, profesional, artística o deportiva;
· Temáticas diversas que constituyan parte integrante de nuestro patrimonio cultural.
ARTICULO 3º: De forma.
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