VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las sendas peatonales del Casco Céntrico se encuentran borradas desde hace tiempo, sobre todo aquellas en el cruce de avenidas que cuentan con sistemas de semaforización y que son recurrentes en cuanto a la circulación de los peatones.
Que con la marcación de estas sendas el ciudadano se ve obligado a respetar el cruce por las esquinas, justo en donde se realicen la marcaciones correspondientes, mejorando así la organización urbana de la ciudad.
Que numerosos lomos de burro de Calle Urquiza, Vélez Sarsfield, Avenida la Bandera y Malvinas Argentinas no se encuentran pintado por lo que vehículos – motocicletas, autos, camiones- no los advierten y ello significa un peligro para su integridad.
Que por otra parte numerosas esquinas, cuando deberían estar despejadas, se encuentran ocupadas por vehículos de mediano y gran porte, imposibilitando visión óptima tanto para los peatones como automovilistas que circulan y que doblan hacia otro sentido por esas calles.
Que la prohibición de estacionar en esquinas con mucho movimiento peatonal y vehicular contribuirá a la óptima visibilidad de quienes transitan, posibilitando una mejor circulación y evitando probables accidentes.
Que en varias oportunidades se produjeron accidentes de tránsito a causa de la obstrucción visual por parte de camiones, acoplados, trafics y vehículos de gran porte, estacionados justo en esquinas que deberían permanecer despejadas.
Que el demarcado de las mismas sendas peatonales prohibirá el estacionamiento de vehículos en las esquinas, y se complementará con el pintado de las calles que prohíba usar esquinas poco frecuentadas por peatones pero de gran uso vehicular, por caso las zonas que cuentan con negocios de expendio mayorista.
Que existen cruces de calles o avenidas que cuentan con altos índices de accidentes de tránsito por no contar con la marcación correspondiente, siendo éstas zonas comerciales donde se conjuga una gran concurrencia de peatones y vehículos.
Que los colectivos de línea urbana estacionan en esquinas que no están debidamente señalizadas, imposibilitando el paso de los vehículos que circulan por detrás.
Por todo ello:
EL CONCEJAL LUCIANO DEMARCO ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Tránsito y Transporte y Secretaría de Obras y Servicios Públicos, señalizará, mediante el pintado, sendas peatonales, esquinas y lomos de burro de las principales arterias del Casco Céntrico, conforme a lo expuesto en los vistos y considerandos del presente.
ARTICULO 2º: Se considerará la obra de señalización arriba mencionada en todas las calles y avenidas incluidas dentro del Casco Céntrico, considerado los límites de éste entre Avenida Malvinas Argentinas, calle Urquiza – Vélez Sarsfield, Avenida Bolivia y Avenida Belgrano – Avenida La Bandera.
ARTÍCULO 3º: Los gastos y erogaciones que demande la ejecución de esta norma serán imputados a las partidas presupuestarias previstas en el funcionamiento de la Dirección de Tránsito y Transporte y Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Perico.
ARTÍCULO 4º: En el caso de las esquinas, se incluirán en la obra de marcación y señalización con la leyenda PROHIBIDO ESTACIONAR, las siguientes:
· Esquina calle Güemes – Avenida San Martín (referencia: edificio Correo Argentino);
· Esquina Avenida Villafañe – Escolástico Zegada – República de Siria (ref.: Carnicería y Frigorífico Mealla);
· Esquina calle Fascio – Avenida Éxodo (ref.: taller mecánico);
· Esquina Avenida San Martín – Éxodo – Coronel Arias (ref.: negocios mayoristas y supermercado Comodín);
· Esquina Avenida San Martín – Avenida Belgrano (ref.: cooperativas de agencias de remíses);
· Esquina calle 9 de julio – calle Mariano Moreno (ref.: parada de colectivos, Sancho Pancho y otros comercios);
· Calle 23 de agosto – Avenida Belgrano (ref.: parada de colectivo y zona comercial);
· Esquina Avenida Éxodo – calle Rivadavia (ref.: Casa El Gato y negocios mayoristas);
· Esquina Avenida Éxodo – calle Escolástico Zegada (ref.: Seccional Nº 21 y zona comercial);
· Esquina calles 25 de mayo – Hipólito Irigoyen – Mariano Moreno.
ARTÍCULO 5º: DE FORMA.
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