Proyecto de Ordenanza, Ref.: CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PROGRESIVO DE C.D.C.J. (CENTROS DEPORTIVOS DE CONTENCIÓN JUVENIL)

VISTO Y CONSIDERANDO:

                              
Que de 800 encuestas realizadas entre septiembre y parte de noviembre de 2010, el 85 por ciento de los encuestados aseguró conocer casos de drogadicción en los sectores en donde viven y afirmaron faltas de políticas de contención juvenil por parte del gobierno local;           

Que dichas encuestas fueron realizadas por profesionales especializados en estadísticas y metodología de la investigación;

Que dichas encuestas fueron ejecutadas en los barrios más representativos, populosos y habitados de la Ciudad: Barrio La Esperanza, San Miguel, Belgrano, Santo Domingo, Virgen del Valle, Santa Rosa, Centro, Juan Manuel de Rosas, 9 de Julio, Eva Perón, Libertad, 80 Viviendas UOCRA, Facundo Quiroga, 23 de Agosto y Nuevo Perico;

Que la mayor preocupación de los ciudadanos de Perico según este relevamiento es la inseguridad, potenciada por los altos índices de alcoholismo, drogadicción y delincuencia juvenil;

Que todos los periqueños sabemos de los malos hábitos de muchos de nuestros jóvenes, enumerando algunas de  sus acciones más denunciadas, datos suministrados por la UR6 y Seccional 21, los dos principales centros policiales de la ciudad;

ü      Robo de celulares y bicicletas;
ü      Rayadura de vehículos con hierros preparados para perpetrar el daño;
ü      Grafitis y pintadas en paredes de comercios, instituciones, escuelas, casas particulares y todo tipo de mobiliario urbano;
ü      Rotura de las tulipas del alumbrado público;
ü      Colocación de calzados en el cableado público, significando ello la creación de espacios delictivos.

Que los mismos jóvenes argumentan que practican estas acciones porque no encuentran otros atractivos y motivaciones a sus vidas. Algunas declaraciones que pudimos rescatar en el trabajo de campo, son estas:

1.       “Rayamos autos porque nos divierte que la gente mayor se enoje, eso nos entusiasma”
2.       “Grafiteamos los locales recién pintados poniendo frases copadas, que de paso, hacen daño y eso nos provoca diversión y alegría”
3.       “Rompemos las tulipas de las canchas y los espacios verdes, para poder hacer lo que se nos antoje y no nos vean con facilidad”.
4.       “Colgamos las llantas en los cables para marcar nuestro territorio y que nadie se anime a venir a pisar nuestro lugar”

Que en barrio Virgen del Valle hay un caso muy conocido por numerosos vecinos del lugar, de un joven drogadicto que roba en las casas con total impunidad (fuimos testigo en una oportunidad). Y cada vez que los vecinos lo acorralan amenaza con tirarse al llamado “Canal de la muerte”. En varias ocasiones lo hizo y los vecinos o la policía debieron actuar rápidamente para sacarlo;

Que en sólo cuatro barrios de los 14 encuestados argumentaron contar con contención deportiva municipal;

Que es imperiosa la necesidad de ofrecerles a los jóvenes de Ciudad Perico y zonas rurales espacios como los CENTROS DEPORTIVOS DE CONTENCIÓN JUVENIL, en donde puedan recrearse y encontrarle sentido a sus vidas desde el esparcimiento y el deporte, mejorando su calidad de vida, autoestima, rendimiento físico y psíquico;

Que existen innumerables espacios en la mayoría de los barrios nombrados que se encuentran inutilizables y son lugares potencialmente aptos para crear los CENTROS DEPORTIVOS DE CONTENCIÓN JUVENIL con bajas inversiones;

Que para la creación de los CENTROS DEPORTIVOS DE CONTENCIÓN JUVENIL se hace necesario acondicionar algunos polideportivos con el pintado o reposición de arcos, reposición de tablero de básquet, pintado del piso de las canchas –entre otros- y crear nuevos espacios que hoy son terrenos baldíos;

Que además, el Municipio debe ofrecer a los profesionales que se aboquen al trabajo de contención deportiva los elementos necesarios para un desempeño óptimo, prestando un servicio beneficioso para los miles de jóvenes que hoy no acceden a esta oferta.



Por todo ello:

EL CONCEJAL LUCIANO DEMARCO ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase los CENTROS DEPORTIVOS DE CONTENCIÓN JUVENIL (C.D.C.J.), los que funcionarán en los espacios verdes de todos los barrios de la ciudad, para lo cual estos espacios deberán contar con cancha polideportiva (fútbol, volley, handball, básquet, etc.) y con los elementos necesarios para poder funcionar (iluminación adecuada, arcos, tableros, aros, pelotas, conos, etc.)

ARTÍCULO 2º: Los C.D.C.J. contarán con la presencia DIARIA permanente de profesionales en Educación Física -uno por cada C.D.C.J.- quienes tendrán a su cargo el acompañamiento de los jóvenes de los distintos barrios en la realización de actividades deportivas y recreativas. Además contarán con la presencia itinerante de un psicólogo y un asistente social, quienes recorrerán los C.D.C.J.

ARTÍCULO 3º: Los profesionales en Educación Física a cargo podrán organizar actividades deportivas y recreativas en base a la distribución de los jóvenes y adolescentes en grupos por edades, gustos y necesidades y otros criterios que consideren pertinentes. El profesional en Educación Física será responsable de la observación y evaluación de los grupos, junto al psicólogo y al asistente social.

ARTÍCULO 4º: Los C.D.C.J. serán creados y puestos en funcionamiento progresivamente a lo largo de dos (2) años en cada barrio, respetando el siguiente listado de prioridad:
  1. Barrio La Esperanza (enero 2011)
  2. Nuevo Perico (marzo 2011)
  3. San Miguel (mayo 2011)
  4. 80 Viviendas UOCRA (julio 2011)
  5. Belgrano (septiembre 2011)
  6. Santo Domingo (octubre 2011)
  7. Virgen del Valle (diciembre 2011)
  8. Barrio Centro (enero 2012)
  9. Juan Manuel de Rosas (marzo 2012)
  10. 9 de Julio (abril 2012)
  11. Eva Perón y Libertad (mayo 2012)
  12. Facundo Quiroga (julio 2012)
  13. 23 de Agosto  (agosto 2012)

ARTÍCULO 5º: Para la creación de los C.D.C.J. y su funcionamiento articulado, se conformará un equipo coordinador integrado por tres miembros capacitados en manejo de equipo y políticas sociales y deportivas.

ARTÍCULO 6º: Los gastos y erogaciones que demande la ejecución de la presente norma serán imputados al Presupuesto General del Ejercicio 2011 y 2012 del Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 7°: El Ejecutivo Municipal podrá instar a los propietarios de parcelas que actualmente son terrenos baldíos o están desocupadas a contribuir con la concreción del presente constituyéndose estos últimos en prestatarios en función de las disposiciones de la Ordenanza Municipal N° 527/2.008.

ARTICULO 8º: DE FORMA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario